Tu guía de buscar casa
Nuevo reglamento para optar al Plan Primera Vivienda para Jóvenes en Madrid capital
I de la V (El País)
21/02/2008
Aunque a falta de pasar por la Comisión de Urbanismo y por el pleno del Ayuntamiento, el nuevo reglamento para acceder a una vivienda protegida de las promovidas por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS) ha sido discutido a fondo durante tres meses. El resultado es, según Beatriz Corredor, concejal del Grupo Socialista, un texto "más social".
Los aproximadamente 20.000 inscritos en el registro permanente de solicitantes ?inscripción que caduca a los dos años? tendrán dos meses de plazo, una vez entre en vigor el nuevo reglamento, para actualizar sus datos, si bien el Ayuntamiento ha firmado acuerdos con el Registro de la Propiedad, el Padrón Municipal y la Agencia Tributaria para, en un futuro, actualizarlos de oficio.
En el caso de los menores de 30 años de edad con un piso protegido del Programa Alquila Madrid, con el nuevo reglamento no tendrán que abandonar la vivienda al tener un hijo, aunque tal programa es para unidades familiares de dos miembros como máximo. Podrán apuntarse a otro programa de vivienda. En cuanto a los jóvenes sin descendencia y con un alquiler protegido, se pueden inscribir en otro programa de vivienda protegida durante el último año de vigencia de su contrato.
Una de las propuestas presentadas por el Grupo Socialista que ha prosperado es que las familias con ingresos de 258,45 euros al mes puedan ser adjudicatarias de viviendas protegidas en arrendamiento (no en venta o alquiler con opción a compra) en lugar de tener que recurrir a los programas de vivienda de integración social. Es decir, se reducen los ingresos familiares mínimos de 387,68 euros mensuales a los citados 258,45.
También se introducen baremos que tengan en cuenta las circunstancias personales para la selección de adjudicatarios de vivienda en alquiler en tanto que hasta ahora sólo se recurría al sorteo puro.
Otro cambio es que no se podrán adjudicar viviendas protegidas promovidas por la empresa pública municipal hasta que su Consejo de Administración no haya adjudicado las obras de edificación. Según la edil socialista, se evitan así adjudicaciones de vivienda con fines electoralistas, a ciudadanos que no podrán disfrutar de ella en varios años.
También entre las novedades, el aumento de 5 a 10 el número mínimo de años desde que se haya dejado de tener en propiedad una vivienda para poder optar a una protegida, excepto si la pérdida se ha debido a una separación o divorcio con sentencia judicial.
Sí se permite haber tenido o tener participaciones proindiviso en una vivienda por una herencia o por disolución de gananciales fruto de una separación o divorcio. Asimismo, aumenta el plazo, de tres a cinco años, de exclusión del registro permanente de solicitantes para quienes hayan renunciado a una protegida.