Tu guía de adopciones
El texto dice que los adoptantes deberán hacer saber a su hijo que fue adoptado. ¿Una norma necesaria, una intromisión indebida o un brindis al sol?
Beatriz San Román
14/10/2008
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El anteproyecto de ley del Libro II del Código Civil de Cataluña está siendo estos días objeto de artículos y tertulias en diferentes medios. De las más de 100 páginas de las que consta el texto, dos líneas son las que han acaparado la atención. Es el artículo 235-49, que dice que los adoptantes tienen la obligación de informar al hijo adoptado sobre su adopción "tan pronto como éste tenga la madurez suficiente y, en todo caso, a partir de que haya cumplido los doce años".
El derecho a conocer los orígenes
Durante buena parte del siglo pasado la adopción fue un tema tabú. Se consideraba que había algo vergonzante tanto en el hecho de adoptar como en el de ser adoptado, por lo que se tendía a ocultarla incluso a los propios adoptados. Hoy, gracias en gran parte al boom de las adopciones internacionales, las familias adoptivas han logrado una mayor visibilidad y aceptación. Las leyes españoles reconocen el derecho de los adoptados a conocer sus orígenes, y la mayor parte de las familias, los especialistas y los adultos adoptados están de acuerdo en que los niños deberían saber que fueron adoptados desde pequeños. Como ha dicho hoyla escritora Asha Miró en una tertulia radiofónica, "saber la verdad es necesario para poder crecer con las cosas ordenadas".
Ocultar a los hijos su historia obligaría a mentirles una y otra vez. Si no les contamos que son adoptados, ¿qué les diremos cuándo pregunten, como hacen casi todos los niños, "yo estuve en tu barriga, ¿verdad?"? ¿Inventaremos una historia falsa cuando nos interroguen sobre el día de su nacimiento? Esconderles la verdad nos pone en disposición de tener que mentirles en muchas ocasiones, aún a riesgo de que algún día descubran por sí mismos la verdad y se resquebraje su confianza en nosotros.
Una norma innecesaria e ineficaz
La cuestión no es si los padres deben o no informar a sus hijos. Lo que resulta discutible y extraño es la inclusión de este artículo en un Código Civil. ¿Cuáles son los motivos de los legisladores? ¿Qué finalidad persiguen?
Los padres adoptivos somos tan padres como los demás. Como todos los padres,tenemos la obligación de procurar a nuestros hijos aquello que necesitan para un sano desarrollo, tanto físico como emocional. Está claro que los hijos tienen derecho a saber y que, por tanto, los padres tienen el deber de contarles. Tan claro como que debemos explicarles los peligros del tabaco o el alcohol. Pero, a juicio de quien esto escribe, ni lo uno ni lo otro deben ser objeto de una ley. Lo que resulta forzado (y no favorece en nada la normalización de las familias adoptivas) es que las leyes se encarguen de recordar estos deberes sólo a un tipo de familia.
¿Para qué incluir en la ley un deber que está asumido ya por los adoptantes?Se podría argumentar que, precisamente, para evitar que algún padre adoptivo oculte a su hijo su pasado. Si fueron capaces de mentir durante el proceso de idoneidad (manifestarse en contra del derecho a saber de los niños debe ser causa de denegación), ¿en qué va a cambiarles esta ley? En ella no se establecen mecanismos de control ni se marca a qué sanciones se exponen los infractores de la norma. ¿Qué van a hacer?, ¿llamar a los adoptados de 13 años para preguntarles si lo saben? ¡Eso sí sería una violación de la intimidad!
Me parece lícito hacer lo posible por lograr que todos los niños sepan de su adopción a través de sus padres, perono parece que el Código Civil seael ámbito apropiado. La necesidad de hablar con nuestros hijos sobre sus orígenes no puede venir del imperativo legal de cumplir una norma, sino del convencimiento de que están en su derecho de saber, y de que es bueno y necesario para su desarrollo que lo sepan.
- Descargar texto completo del Anteproyecto de ley del Libro II del Código Civil de Cataluña
- Escuchar la tertulia sobre el tema en el programa "La Ventana", con la participación de Asha Miró
1. 22/10/2008 teresa
El papel lo aguanta todo, pero no cambia nada. Me quedo con el comentario del blog de www.postadopcion.org: "Los padres, lleguen los hijos por el camino que lleguen, tenemos la patria potestad de nuestros hijos, y eso implica la obligación de proveerles de lo que necesitan para crecer sanos y equilibrados. El sentido común y la formación preadoptiva son el camino para conseguirlo, no leyes ambiguas que en nada cambian la realidad de los hogares."