Tu guía de bodas
R. Querida Lourdes: Aunque hayais elegido el régimen de ganaciales, para pasar a propiedad de ambos un inmueble de uno de los dos, siempre debe hacerse notarialmente y pasarlo por el registro, por lo que deberás ponerlo en manos de un profesional (abogado o notario), al objeto de que realice las gestiones necesarias para incorporar el nombre y la parte de la donación o venta que se quiera pasar.
Esto lleva un tiempo, pero puedes hacerlo antes o después de vuestro enlace.
Eso si ten en cuenta que hasta que no se lleven a cabo los trámites necesarios, la propiedad seguirá siendo de uno solo, aún a pesar de haber optado por el régimen de gananciales, ya que es una propiedad adquirida antes del matrimonio.
R. La verdad es que siendo jurista y dedicándome al derecho matrimonial, más que una respuesta necesito preguntar "¿DE QUIÉN ES LA CASA? De quien la haya pagado". Si la han pagado los dos, de los dos, ¿en qué proporción se ha pagado? esa es la proporcionalidad de la propiedad. Y con respecto al régimen de gananciales elegido, no parece el idóneo con la que está cayendo, y si tenéis dudas menos idóneo, y dudas veo porque no conoces el contrato civil que es el matrimonio, muy complicado si las cosas van mal. Si va bien, todo sobre ruedas.
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