mundo laboral
Su objetivo es la prevención de toda conducta discriminatoria y la realización del principio de igualdad legal
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Es una de las leyes más avanzadas en materia de igualdad en el ámbito de la Unión Europea. Como puntos más importantes de la Ley podemos mencionar:
- El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, que supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo (tanto directa como indirecta).
-El principio de presencia o composición equilibrada, que favorece una representación de hombres y mujeres en cargos de responsabilidad y en los consejos de administración de las empresas. Esto ha conllevado modificaciones en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
-La definición del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Se establece la inversión de la carga de la prueba en la persona demandada por discriminación por razón de sexo y la obligación de adoptar en las empresas medidas de prevención del acoso.
-Las políticas públicas para conseguir la efectividad del principio de igualdad con planes estratégicos de igualdad de oportunidades, planes municipales e informes. La Ley regula la actuación de las mujeres en la Administración Pública, en la Administración General del Estado, en las Fuerzas Armadas y en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
-En cuanto a la igualdad y el derecho al trabajo, cabe destacar la negociación colectiva y los Planes de Igualdad. Estos planes son obligatorios en las empresas de más de 250 trabajadores, en el resto cuando así lo establezca el Convenio Colectivo aplicable y cuando la autoridad laboral en un procedimiento sancionador lo indique. En el resto de los casos la implantación es voluntaria.
-Medidas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley General de la Seguridad Social para facilitar esta conciliación tratando los permisos retribuidos, la distribución de la jornada laboral, la reducción de jornada por guarda legal, vacaciones, riesgo durante la lactancia natural y excedencias. El permiso de paternidad es de trece días.