Tu guía de mundo laboral
Las noticias sobre acoso son abundantes actualmente, pero qué dice la legislación y jurisprudencia al respecto?
GRIKER ORGEMER
07/04/2008
En cuanto al tratamiento legal podemos hablar de que el acoso puede vulnerar entre muchos otros estos derechos:
-Derechos fundamentales recogidos en la Constitución tales como el derecho a la libertad personal, su integridad física y moral, su intimidad, su honor...
-Derechos regulados en el Estatuto de los Trabajadores como el derecho básico del trabajador a la consideración debida a su dignidad y a su intimidad...
-Deberes recogidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, como el deber del empresario a garantizar la salud y adoptar cuantas medidas sean necesarias instando la evaluación, planificación y protección frente a cualquier violencia psicológica en la organización del trabajo...
-En los casos más graves cabría hablar del uso de la vía penal.
-En este sentido, la reciente Ley de Igualdad (Ley 3/2007) trata la discriminación por acoso sexual y por razón de sexo entre muchos otros aspectos.
Existe multitud de Jurisprudencia sobre este tema: destacando la sentencia primera del Tribunal Supremo de 23 de julio de 2001 sobre acoso; la sentencia del Tribunal Constitucional 17/2005 sobre la inversión de la carga de la prueba por lesión de derechos fundamentales (constatada la concurrencia de indicios de que se ha producido un posible acoso laboral o mobbing, corresponderá a la empresa demandada la aportación de una justificación objetiva y razonable de las medidas adoptadas y de la proporcionalidad de las mismas); y la sentencia dictada por el Tribunal Supremo de 17 de mayo de 2006 sobre la doble indemnización por despido a favor del trabajador en los casos de existir daños morales y psicológicos derivados de una situación de posible acoso (la propia de la extinción del contrato y la específica de vulneración de un derecho fundamental de la Constitución)...