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La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, que entró en vigor el pasado 24 de Marzo de 2007 estableció como una de sus principales novedades el permiso de paternidad de 13 días.
Griker Orgemer
01/11/2007
¿En qué consiste este "nuevo" permiso de paternidad? Pues en que se produce una suspensión del contrato de trabajo por cuenta ajena durante 13 días ininterrumpidos en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, a partir de la finalización del permiso laboral por nacimiento de hijo (que dependiendo del Convenio Colectivo de aplicación puede ser de 2, 3 ó 4 días naturales a contar desde el día del parto, adopción o acogimiento). Se trata de 13 días ampliables en 2 días por cada hijo adicional al primero (en caso de parto, adopción o acogimiento múltiple).
El trabajador que se acoja a este permiso deberá solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el cobro de la prestación, que cubrirá el importe de su sueldo más la parte proporcional de pagas extras durante estos 13 días, en los que la empresa no se verá obligada a pagar el sueldo. Los días de licencia contemplados en el Convenio Colectivo a los que antes se ha hecho referencia seguirán corriendo íntegramente a cargo de la Empresa, al igual que hasta ahora venía sucediendo.
El permiso de paternidad puede disfrutarse bien en régimen de jornada completa durante los 13 días que correspondan, o bien en régimen de jornada parcial de un mínimo del 50%.
El Gobierno ampliará de forma progresiva este permiso de paternidad hasta alcanzar las 4 semanas en un plazo de 8 años contados desde la entrada en vigor de la Ley.