Tu guía de fiscalidad
R. Los contribuyentes pueden deducir el 10 por 100, hasta un máximo de 300 euros, de las cantidades satisfechas en el año por el alquiler de la vivienda habitual, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el contribuyente se halle en alguna de las siguientes situaciones:
Tener 32 años o menos en la fecha de devengo del impuesto.
Haber estado en paro 183 días o más durante al año.
Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
b) Que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no sea superior a 20.000 euros anuales.
c) Que las cantidades satisfechas excedan del 10 por 100 de los rendimientos netos.
Si el contribuyente forma parte de una familia numerosa y se cumplen los requisitos de las letras b) y c) anteriores, el límite máximo de la deducción se eleva a 600 euros.
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