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30/06/09 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

R. Puedes aplicar el mínimo por descendientes por cada descendiente menor de 25 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que conviva contigo y que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

Para el ejercicio 2008, el mínimo por descendientes es el siguiente:
1.836 euros anuales por el primer hijo
2.040 euros anuales por el segundo
3.672 euros anuales por el tercero
4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes
Cuando sea menor de 3 años, el mínimo correspondiente se aumentará en 2.244 euros

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