Parasaber.com - Fiscalidad Respuesta

Fiscalidad

Tu guía de fiscalidad

RCD, Asesores legales y tributarios

Respuesta destacada

20/08/08 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

R. El cálculo de las retenciones depende de las retribuciones que se espere que vas a percibir durante el año y no de las retribuciones que hayas percibido hasta ahora. En todo caso, las retenciones que te practiquen de más podrás recuperarlas de Hacienda, normalmente en la declaración que presentes el año que viene.

Vota
Resultado 1 Puntos2 Puntos3 Puntos4 Puntos4 1/2 Puntos 3 votos

Ver respuestas de:

Buscar respuestas

Búsqueda de respuestas por título, guía usuario o fecha.

ENVÍA TU PREGUNTA

Si tienes alguna pregunta relacionada con esta guía mándanosla.

Normas de uso:
Tu pregunta no se aceptará si no tiene relación alguna con la temática de la guía o contiene comentarios agravantes o insultantes
Guías Parasaber.com
Asociados Otros medios
© Prisacom S.A.- Ribera del Sena, S/N - Edificio APOT - Madrid [España] - Tel. 91 353 79 00 | Una empresa de PRISA

GUÍAS PARASABER.COM:

MEDIOS ASOCIADOS:

OTROS MEDIOS: