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29/05/10 Landwell

Landwell

R. El premio en metálico debe declararse como rendimiento del trabajo personal, al provenir el mismo de su condición de trabajador.
Dado que el premio se ha generado en un periodo superior a 2 años y no se ha obtenido de manera recurrente, la Ley del IRPF trata ese rendimiento como renta irregular y le sería de aplicación una reducción del 40%.

En consecuencia, únicamente tributaría como rendimiento del trabjo por el 60% de la renta obtenida como premio.

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