Tu guía de fiscalidad
R. Las comunidades de bienes son entidades en régimen de atribución de rentas. La comunidad habrá presentado a Hacienda las correspondientes declaraciones informativas de las rentas imputadas a cada comunero. Por tu parte, de acuerdo con esa información, tú deberás incluir las rentas imputadas en la página 8 de la declaración. Si por lo que fuera no hubieseis constituido la comunidad de bienes, debes declarar como rendimiento del capital mobiliario, salvo que desarrolléis la actividad de arrendamiento como actividad empresarial.
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