Parasaber.com - Fiscalidad Respuesta

Fiscalidad

Tu guía de fiscalidad

RCD, Asesores legales y tributarios

Respuesta destacada

06/06/08 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

R. Las comunidades de bienes son entidades en régimen de atribución de rentas. La comunidad habrá presentado a Hacienda las correspondientes declaraciones informativas de las rentas imputadas a cada comunero. Por tu parte, de acuerdo con esa información, tú deberás incluir las rentas imputadas en la página 8 de la declaración. Si por lo que fuera no hubieseis constituido la comunidad de bienes, debes declarar como rendimiento del capital mobiliario, salvo que desarrolléis la actividad de arrendamiento como actividad empresarial.

Vota
Resultado 1 Puntos 2 Puntos 3 Puntos 4 Puntos 5 Puntos 0 votos

Ver respuestas de:

Buscar respuestas

Búsqueda de respuestas por título, guía usuario o fecha.

ENVÍA TU PREGUNTA

Si tienes alguna pregunta relacionada con esta guía mándanosla.

Normas de uso:
Tu pregunta no se aceptará si no tiene relación alguna con la temática de la guía o contiene comentarios agravantes o insultantes

LO ÚLTIMO

Guías Parasaber.com
Asociados Otros medios
© Prisacom S.A.- Ribera del Sena, S/N - Edificio APOT - Madrid [España] - Tel. 91 353 79 00

GUÍAS PARASABER.COM:

MEDIOS ASOCIADOS:

OTROS MEDIOS: