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RCD, Asesores legales y tributarios

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20/08/08 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

R. Si permaneces en el extranjero más de 183 días trabajando dejas de tributar en españa por el IRPF. Pasas a tributar por el Impuesto sobre la Renta de no residentes. En los 183 días no se incluyen las ausencias esporádicas por lo que si sigues teniendo tu base vital en España podrás seguir presentando tu devlaración en españa. Si es así consulta en nuestra guía las ventajas de trabajar en el extranjero.

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  • 20/08/08 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

    RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

    R. Si permaneces en el extranjero más de 183 días trabajando dejas de tributar en españa por el IRPF. Pasas a tributar por el Impuesto sobre la Renta de no residentes. En los 183 días no se incluyen las ausencias esporádicas por lo que si sigues teniendo tu base vital en España podrás seguir presentando tu devlaración en españa. Si es así consulta en nuestra guía las ventajas de trabajar en el extranjero.

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