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Rebaja la factura de tu IRPF de 2007 a través de la cuenta vivienda

Si tienes pensado comprarte una casa en los próximos cuatro años puedes empezar a desgravar desde hoy mismo. Ahórrate hasta 1.352 euros abriendo una cuenta vivienda antes de final de año.

RCD

17/12/2007

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Si tienes pensado comprarte una casa en los próximos cuatro años puedes empezar a desgravar desde hoy mismo.

Si tienes pensado comprarte una casa en los próximos cuatro años puedes empezar a desgravar desde hoy mismo. - Foto: © Pavel Losevsky - Fotolia.com

Encontrándonos en fechas muy cercanas a fin de año es el momento para tomar decisiones que rebajen la factura fiscal del IRPF del ejercicio 2007. Entre las actuaciones posibles existe la posibilidad de abrir la llamada "cuenta vivienda" que te permitirá ahorros de hasta 1.352,25¤ si durante el año 2007 has aportado 9.015¤ a dicha cuenta. Si las cantidades aportadas son mayores no dan derecho a deducción y si, por el contrario, son inferiores a esta cifra, el ahorro será del 15% de las cantidades depositadas. Por ejemplo, si ingresas 3.000 euros te ahorras 450 euros.

La existencia de esta deducción se justifica por la idea de beneficiar e incentivar a aquellas personas, por lo general jóvenes, que no disponiendo de vivienda habitual se plantean su adquisición a medio plazo.

Para garantizar el objetivo de la deducción la Ley enumera una serie de requisitos que tienen que cumplirse necesariamente:

- Las cantidades depositadas se deben destinar en su integridad a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Esto significa que la persona que ya disponga de vivienda habitual en ningún caso podrá beneficiarse de la apertura de una de estas cuentas para una nueva adquisición. No se admite para una segunda residencia.

- Las cuentas deben estar separadas de cualquier otro tipo de imposición y estar identificadas claramente.

- No se puede disponer de las cantidades depositadas para fines distintos a la adquisición de la primera vivienda habitual.

- El plazo máximo que puede transcurrir desde que se abre la cuenta hasta que se realiza la adquisición o rehabilitación no puede superar los cuatro años.

Si pasados los cuatro años no has comprado tu vivienda, Hacienda no te sancionará pero te exigirá que devuelvas todo lo que te has ahorrado con sus intereses correspondientes.

Etiquetas:
fiscalidad, 
IRPF, 
cuenta vivienda, 
deducción, 
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5 COMENTARIOS

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  • 5. 31/01/2008 gasolini

    me construi mi casa hace 10 años, me han pedido las facturas de la construcción ya que me lo estoy deduciendo, es más, me han dicho que sólo me admiten las facturas que se encuentren entre la fecha del préstamo y del certificado final de obra. todo esto es legal? gracias

  • 4. 24/01/2008 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

    Respecto de la cuestión que plantea ELISEO, puedes deducirte el máximo de 1352,euros, con independencia de tus retenciones, lo que ocurre es que, como máximo, sólo te devolverán el importe que te hayan retenido. Si tu retención es menor que 1.352 euros, te devolverán la retención, como máximo.

  • 3. 24/01/2008 RCD ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS

    Respecto al comentario de 6/1/2008, no existe impedimento para adquirir la vivienda a un familiar, siempre que ésta vaya a ser tu vivienda habitual. El dinero de la cuenta vivienda debe destinarse a la adquisición de la vivienda estando asimilada la construcción de la vivienda.

  • 2. 06/01/2008 mpaniagua

    Una consulta: ¿Se puede comprar un terreno en vez de una vivienda ya construida? ¿Se puede comprar una vivienda que sea de un familiar?

  • 1. 04/01/2008 ELISEO

    Me gustaría hacer una consulta respecto a este tema de la deducción por cta. ahorro vivienda, dicha deducción es siempre tal cual o depende de las caracteristicas personales del individuo en cuestión. Por ejemplo, una persona que solo ingresa rentas de tipo laboral (nóminas), con una determinada retención, ¿cuanto se prodrá deducir en la cta. ahorro vivienda?, solo se podrá deducir la cantidad total que le retienen al cabo del año en las nóminas o por el contrario podrá deducirse los 1.352,25 euros si ingresa los 9.000,00 euros, no se si tiene que ver y si me explico.

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