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¿Estoy obligado a pagar el IAE?

Te explicamos las claves del impuesto de los Ayuntamientos.

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Impuestos actividades económicas

Impuestos actividades económicas - Foto: RCD

El IAE es un impuesto que recaudan los Ayuntamientos por el desarrollo de actividades económicas en su territorio. El importe de las cuotas a pagar es el que resulta de la aplicación de las tarifas oficialmente aprobadas que varían en función de la actividad realizada y de las variables afectadas.

A pesar de que es un impuesto municipal, la titularidad de la gestión censal (formación de la matrícula del impuesto, calificación de actividades y señalamiento de cuotas) es una competencia exclusiva de la AEAT, por lo que buena parte de las relaciones deberán mantenerse con este organismo del Estado.

A continuación te explicamos quienes están obligados a declarar por el IAE y cómo deben presentarse las declaraciones correspondientes.

Quienes están obligados a tributar por el IAE

Con carácter general están obligadas, las personas físicas, jurídicas y las entidades como sociedades civiles o comunidades de bienes, siempre que realicen en territorio nacional actividades empresariales, profesionales o artísticas.

No obstante, están exentos del Impuesto entre otros:

1.- Las personas físicas residentes en España.

2.- Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las comunidades de bienes quetengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

3.- Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, es decir, los no residentes que operen en España mediante establecimiento permanente y que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Qué declaraciones hay que presentar:

- Declaración de Alta: se presenta antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad o durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que estén obligadas a tributar por dejar de cumplir las condiciones para disfrutar de una exención.

- Declaración de variación: se presentan en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó la variación

- Declaración de baja: se presentarán en el plazo de un mes desde que se produjo el cese o durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber accedido a una exención.

Modelos a presentar:

La declaración de alta, modificación y baja del IAE, en caso de sujetos pasivos que estén exentos del mismo por todas las actividades que desarrollen, se llevará a cabo a través del modelo 036. En caso de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE presentará el modelo 840. Todos estos modelos están disponibles en la página web de la AEAT: www.aeat.es.

Etiquetas:
fiscalidad, 
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declaraciones y modelos a presentar al inicio de un actividad 
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