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Herencias y donaciones

Donaciones por causa de muerte

Realiza en vida una donación para después de tu muerte

RCD

26/09/2008

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¿estoy mortis?

¿estoy mortis? - Foto: gwen (foto flickr con licencia CC)

Aunque suene raro, es posible hacer una donación en vida a los seres queridos y que ellos no tengan que pagar impuestos hasta después de la muerte del donante. Es una manera de asegurarse hoy que un bien determinado irá a parar a una persona en concreto en el futuro sin que eso suponga hoy ningún gasto en impuestos. Es algo así como dejar los bienes en testamento designando un heredero o legatario sólo que consiste en realizar dichas donaciones en vida del donante.

En qué consiste entonces una donación "mortis causa": básicamente en que se firma ante un Notario un compromiso de que se dará un bien a una persona, de forma que ese bien no se transmitirá al beneficiario hasta la fecha de la muerte del donante. Sólo en ese momento y no antes, el adquirente deberá liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de acuerdo con las normas propias de su comunidad autónoma y podrá aplicarse las reducciones y bonificaciones que estén previstas en el momento del fallecimiento.

Por lo demás, debes saber que si lo que se dona es un bien inmueble, es importante que el Registrador de la Propiedad haga una nota registral sobre ese bien, sin cambiarlo de nombre, para que el donante no pueda luego transmitirlo a otra persona y el donatario pierda el inmueble que le donaron.

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