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Extranjeros desplazados a España por motivos de trabajo pueden disfrutar de una fiscalidad beneficiosa

Al tipo de gravamen fijo del 24% en lugar del 43% durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes

RCD

17/12/2007

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Los extranjeros desplazados a España por motivos de trabajo pueden disfrutar de una fiscalidad beneficiosa

Los extranjeros desplazados a España por motivos de trabajo pueden disfrutar de una fiscalidad beneficiosa - Foto: © Norman Pogson - Fotolia.com

Si eres un trabajador extranjero contratado por una empresa española para trabajar en España y has adquirido tu residencia fiscal en España como consecuencia de tu desplazamiento a territorio español podrás optar por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, esto es, tributarás al tipo de gravamen fijo del 24%, durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco períodos impositivos siguientes. Dependiendo de tus rentas, con esta opción te ahorras tributar hasta el 43% en el IRPF.

Para ello, se han de cumplir las siguientes condiciones:

a) Que no hayas sido residente en España durante los 10 años anteriores.

b) Que el desplazamiento a territorio español se produzca como consecuencia del contrato de trabajo.

c) Que los trabajos se realicen efectivamente en España y para una empresa residente en España. Se entenderá cumplida esta condición aun cuando parte de los trabajos se presten en el extranjero, siempre que la suma de las retribuciones correspondientes a estos trabajos no exceda del 15% de todas las contraprestaciones del trabajo percibidas en cada año natural.

d) Que los rendimientos no estén exentos de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no residentes.

Si así fuera, para ejercitar la opción deberás presentar ante la Administración Tributaria el modelo 149 en el plazo de seis meses desde el alta en la Seguridad Social en España. En el plazo de diez días deberás recibir un documento acreditativo de la opción por el régimen (una copia del mismo se entregará al empleador para que practique retención de acuerdo con este régimen de tributación).

Etiquetas:
fiscalidad, 
impuestos, 
IRPF, 
extranjeros 

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