Sociedades

Nuevas obligaciones para las empresas

Documentación de operaciones con personas o entidades vinculadas.

RCD

0
Tu voto:
0
Vota:
1 Puntos2 Puntos3 Puntos4 Puntos4 1/2 Puntos
6
obligaciones de documentación

obligaciones de documentación - Foto: RCD

A pesar de los tiempos de crisis que vivimos, el Gobierno ha decidido implantar nuevas obligaciones fiscales para las empresas. En particular, el Gobierno aprobó hace unos días el proyecto que establece las obligaciones de documentación que todas las empresas deben llevar si realizan cualquier operación con una persona o entidad vinculada (socios, administradores, sociedades participadas, etc.).

El cumplimiento de dichas obligaciones conllevará un coste importante para las empresas pero es aconsejable ya que el incumplimiento de las mismas puede representar la imposición de sanciones muy importantes.

Aunque es algo farragoso, resumimos a continuación, la documentación a mantener, que se estructuraría en dos bloques:

Master file: comprensivo de la documentación de la totalidad de entidades y personas pertenecientes al grupo, tiene como objetivo ofrecer una visión global de la actividad del mismo.

1- Descripción general de la estructura organizativa, jurídica y operativa del grupo.

2- Identificación de las diferentes entidades que, formando parte del grupo, realicen operaciones vinculadas que afecten al obligado tributario.

3- Descripción general de la naturaleza, importes y flujos de las operaciones vinculadas entre las entidades del grupo en la medida que afecten al obligado tributario.

4- Descripción general de las funciones ejercidas y de los riesgos asumidos por las diferentes entidades del grupo en la medida que afecten, directa o indirectamente, las operaciones realizadas por el obligado tributario.

5- Relación de la titularidad de las patentes, marcas, nombres comerciales y otros activos intangibles en la medida que afecten al obligado tributario y sus operaciones vinculadas.

6- Descripción de la política del grupo en materia de precios de transferencia que incluya el método de fijación de precios adoptado por el grupo.

7- Relación de los acuerdos de reparto de costes y contratos de prestación de servicios entre entidades del grupo cuando afecten al obligado tributario.

8- Relación de los acuerdos previos de valoración o procedimientos amistosos, celebrados o en curso, relativos a las entidades del grupo cuando afecten al obligado tributario.

9- Memoria del grupo o, en su defecto, informe anual equivalente.

Country file: conteniendo la información que se establezca con carácter general para cada uno de los países en los que se encuentren residenciadas personas o entidades vinculadas.

1- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del obligado tributario y de las personas o entidades con las que se realice la operación, así como descripción detallada de su naturaleza, características e importe.

2- Análisis de comparabilidad respecto a la determinación del valor de mercado.

3- Método de valoración escogido, así como su forma de aplicación y la especificación del valor o intervalos de valores derivados del mismo.

4- Criterios de reparto de servicios prestados conjuntamente a favor de varias personas o entidades vinculadas, así como los correspondientes acuerdos, si los hubiera, y acuerdos de reparto de costes.

5- Cualquier otra información que haya tenido el obligado tributario para determinar la valoración de sus operaciones vinculadas, así como los pactos parasociales suscritos con otros socios.

Toda esa documentación deberá estar a disposición de la Inspección de Hacienda, de forma que si no se dispone de la misma, nos arriesgamos a fuertes sanciones.

Hay que recordar que como regla general, las operaciones entre partes vinculadas deberán realizarse a valor normal de mercado, de forma que si no se hiciera la Administración tributaria puede corregir dicho valor. Con las obligaciones anteriores, se pretende asegurar que dicha regla se cumple y puede comprobarse por parte de Hacienda.

Etiquetas:
fiscalidad, 
obligaciones de documentación, 
operaciones entre partes vinculadas, 
imposición de fuertes sanciones, 
master file, 
country file, 
valor normal de mercado 
Tu voto:
0
Vota:
1 Puntos2 Puntos3 Puntos4 Puntos4 1/2 Puntos
6

OTROS SITIOS WEB

0 COMENTARIOS

 OFERTAS

LO MÁS

VÍDEOS