Tu guía de fiscalidad
Conoce la deducción por formación profesional
RCD
07/05/2008
Una de las deducciones que recoge la Ley del Impuesto sobre Sociedades es la deducción por formación. Esta deducción tiene como objetivo potenciar el aprendizaje de los trabajadores en sus empresas. De esta manera, las empresas pueden deducirse los gastos de formación profesional de sus empleados.
El concepto de formación profesional es amplio, incluye las actividades formativas desarrolladas en la empresa ya sean las propias empresas quienes presten la formación o bien los presten a través de la contratación de terceros.
En el caso antes citado de que sea la propia empresa quien preste esta serie de "cursos" a sus empleados, la base de la deducción es la amortización de los activos fijos afectos a la actividad de formación (inmuebles, mobiliario, etc..), así como el resto de gastos del periodo para prestar dicha formación. En cambio, si la empresa presta los servicios a través de la contratación a terceros, la base es el gasto devengado en el periodo impositivo en la contratación de la formación.
En cuanto a la deducción, practicaremos una deducción del 3% de los gastos efectuados en el periodo impositivo. La base de la deducción está constituida por el importe de los gastos efectuados por la empresa, minorado en un 65% de las subvenciones recibidas para sufragar estos gastos que se computen como ingreso en el mismo periodo impositivo.
Por último, si los gastos efectuados en estas actividades son mayores que la media de los efectuados en los dos años anteriores, se aplicará un 3% hasta dicha media, y el 6 % sobre el exceso de la media.