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Aprovecha las ventajas fiscales por la renovación de vehículos

Si adquieres vehículos de transporte por carretera industriales o comericales puedes beneficiarte de una deducción del 7,2% en 2008. Eso sí, con unas condiciones que aquí te contamos

RCD

09/01/2008

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Estos vehículos son también una inversión medioambiental

Estos vehículos son también una inversión medioambiental - Foto: © enruta - Fotolia.com

Participar en la conservación de nuestro medio ambiente es beneficioso económicamente hablando. Una de las ventajas fiscales a resaltar (además de la reciente modificación del impuesto de matriculación) es la establecida por la normativa del Impuesto sobre Sociedades, por la que determinadas inversiones medioambientales pueden beneficiarse de una deducción del 7,2% en 2008.

Así, la normativa del impuesto incluye entre dichas inversiones medioambientales susceptibles de aprovechar esta deducción, la adquisición de vehículos de transporte por carretera industriales o comerciales (entre los que se incluyen camiones; furgones; furgonetas; autobuses o autocares, articulados o no, incluidos los de dos pisos; vehículos acondicionados y mixtos adaptables; tractocamiones; taxis y ambulancias).

Para que dichos vehículos puedan acogerse a la deducción será preciso que se den simultáneamente las siguientes condiciones:

- Que se trate de vehículos nuevos.

- Que pertenezcan al inmovilizado material.

- Que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa europea sobre emisión de gases, humos y partículas contaminantes.

La base sobre la que se aplicará la deducción del 7,2% en 2008 no será el precio total del vehículo sino que se corresponderá con aquella resultante de aplicar al precio de adquisición del mismo los porcentajes reglamentariamente establecidos, porcentajes que varían entre el 35% y el 90% en función del tipo de vehículo del que se trate y de que se cumpla con una serie de límites de emisiones.

De este modo, el tipo efectivo de deducción aplicable variará entre el 2,5% y el 7,4% (en 2008) del total valor de adquisición del vehículo.

De cara a beneficiarse de la aplicación de esta deducción, resulta aconsejable obtener el certificado que acredite los datos oficiales de emisiones de CO2 del vehículo cuando lo adquiramos.

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