fiscalidad
La ley del impuesto sobre sociedades permite a las sociedades un importante ahorro fiscal de las plusvalías obtenidas por la venta de inmovilizado siempre que se reinvierta el importe obtenido en nuevos elementos del inmovilizado.
RCD
La Ley fiscal concede importantes beneficios a los empresarios que reinviertan los beneficios en modernizar sus instalaciones y crecer.
Para ello, la Ley permite a las sociedades una deducción en cuota del 12% (14,5% para PYMES) de las rentas obtenidas en la transmisión de ciertos elementos del inmovilizado, como maquinaria, instalaciones, etc? siempre que el importe obtenido por la venta se reinvierta en la adquisición de otros elementos similares en el plazo del año anterior a la fecha de puesta a disposición del elemento transmitido y los tres años posteriores.
Los elementos transmitidos y los elementos objeto de reinversión deben formar parte del inmovilizado material (edificios, maquinaria, etc.), intangible (gastos de investigación y desarrollo) o inversiones inmobiliarias. Los elementos transmitidos deberán haber estado en funcionamiento 1 año dentro de los 3 años anteriores a la transmisión.
Bajo ciertos requisitos este beneficio se aplica también a la transmisión/reinversión en acciones que representen una participación no inferior al 5% del capital de una empresa, siempre que, en caso de transmisión, se hubiesen poseído con un año de antelación a la fecha de transmisión.