fiscalidad
Algunos contribuyentes no podrán solicitarlo. Aquí tienes los casos en los que no podrás confirmar el borrador.
RCD
No podrán confirmar el borrador los contribuyentes en los que concurran las siguientes circunstancias:
1.-Los contribuyentes que hubieran obtenido rentas exentas con progresividad, en virtud de convenios para evitar la doble imposición suscritos por España.
2.-Los contribuyentes que tengan partidas negativas pendientes de compensar procedentes de ejercicios anteriores.
3.-Los contribuyentes que pretendan regularizar situaciones tributarias procedentes de declaraciones anteriormente presentadas.
4.-Los contribuyentes que tengan derecho a la deducción por doble imposición internacional y ejerciten tal derecho.
Quienes no puedan solicitar el borrador únicamente recibirán los datos fiscales de que dispone Hacienda y tendrán que confeccionar ellos mismos la declaración, para lo cual es de gran ayuda el programa PADRE.